Se trata de un producto financiero complejo.
En este tipo de hipotecas no se usa el Euro como divisa. Normalmente la moneda elegida es el Yen o el Franco suizo, además suelen estar referenciada al Libor y no al Euribor como es la mayoría de las hipotecas.
El Tribunal Supremo considera que las cláusulas controvertidas de dichas hipotecas no superan el control de transparencia que se exigible a las Entidades financieras y declara la nulidad parcial del préstamo o crédito y la eliminación de las referencias en divisas lo cual comporta que la hipoteca pase a ser un préstamo concedido en euros, asimismo se obliga a reintegrar el importe de las cantidades pagadas en exceso.
Nos encargamos de redactar la reclamación extrajudicial y presentarla a la Entidad Financiera y de no obtener respuesta o una respuesta insatisfactoria, en este caso presentamos una demanda ante los Juzgados de Girona, Barcelona, Ripoll, Olot, Figueres o Sta. Coloma de Farners solicitando, siguiendo la jurisprudencia de la Audiencia Provincial de Girona, la nulidad parcial del contrato de préstamo hipotecario suscrito entre las partes en lo referente a la indexación a divisas. Así mismo, solicitamos que se condene a la entidad financiera a liquidar el préstamo desde su suscripción referenciado al Euribor más el correspondiente diferencial y a reintegrar a los demandantes en el importe de las cantidades pagadas en exceso, así como todas las comisiones y gastos cobrados por el cambio de divisa, así como intereses correspondientes.
Valoramos las estrategias legales inteligentes y rentables, por ello, asesoramos a nuestros clientes antes de tomar medidas e invertir en recursos